«Que Dios nos ampare», por que Morena pretende desampararnos

Carlos Hernandez Torres
No a la reforma a la Ley de Amparo

Carlos Hernández Torres

  1. Introducción y propósito del Ensayo
    El ensayo expone una advertencia ciudadana sobre los riesgos derivados de la Reforma Judicial 2024,
    impulsada por Claudia Sheinbaum bajo la influencia de Andrés Manuel López Obrador. Aunque se presenta
    como un ejercicio no técnico, el texto busca alertar a la sociedad sobre la erosión del juicio de amparo,
    mecanismo histórico de defensa contra los abusos del poder.
    La tesis central es que, aunque el amparo permanece en la letra de la Constitución, la reforma lo vacía de
    eficacia, afectando directamente la vigencia real del Estado de derecho y colocando a México en riesgo de
    ruptura constitucional y de incumplimiento de compromisos internacionales
  2. El Juicio de Amparo: origen, función y relevancia actual.
     Origen histórico: Creado en Yucatán en 1841 por Manuel Crescencio Rejón y consolidado en la
    Constitución de 1857 por Mariano Otero. Se inspira en el habeas corpus inglés y el control de
    constitucionalidad estadounidense, pero con mayor amplitud.
     Función contemporánea: Ha servido para detener megaproyectos (Tren Maya, Corredor
    Interoceánico), impugnar reformas regresivas (Ley de la Industria Eléctrica) y proteger derechos de
    pueblos originarios, mujeres y medio ambiente.
     Sustento constitucional: Artículos 103 y 107, que otorgan al Poder Judicial la facultad de proteger
    frente a abusos de cualquier autoridad.
     El amparo es, por tanto, el principal escudo ciudadano frente a detenciones arbitrarias, censura,
    despojos y actos de gobierno que vulneran derechos.
  3. La Reforma Judicial 2024 y sus efectos
  • Cambios institucionales:
     Elección popular de jueces, magistrados y ministros, eliminando la carrera judicial.
     Reducción de ministros de la Suprema Corte (de 11 a 9).
     Creación de un Tribunal de Disciplina Judicial con amplias facultades sancionadoras.
    2.
  • Impacto en el amparo:
     Modificación al artículo 107 que limita las suspensiones provisionales frente a actos de autoridad,
    especialmente en “proyectos estratégicos” del Estado.
     Se desactiva el carácter preventivo del amparo: ya no puede frenar daños antes de que ocurran,
    sino apenas repararlos posteriormente.
     Se genera un Poder Judicial vulnerable a presiones políticas y electorales.
  • En la práctica, el amparo sobrevive en el papel, pero pierde su eficacia esencial.
  1. Incompatibilidad con el articulo 136 Constitucional.
    El artículo 136 establece la permanencia y supremacía de la Constitución incluso frente a rebeliones o
    gobiernos de facto. Bajo esa lógica:
     Vaciar el amparo equivale a interrumpir la vigencia efectiva de la Constitución.
     Se debilita la capacidad ciudadana de impugnar abusos y se favorece la concentración del poder.
     La reforma constituye una ruptura constitucional silenciosa, disfrazada de legalidad.
  2. Perspectiva doctrinal y jurisprudencial.
    La doctrina de Fix-Zamudio, Carbonell y García Ramírez coincide en que el amparo es la herramienta más
    avanzada de defensa ciudadana. Jurisprudencias recientes de la Suprema Corte sostienen que:
     La suspensión es indispensable para evitar daños irreparables.
     El principio pro persona obliga a aplicar siempre la norma más favorable a los derechos humanos.
     El control de convencionalidad exige que toda norma interna sea compatible con tratados
    internacionales.
     El artículo 136 debe leerse como cláusula pétrea implícita: ninguna reforma puede anular garantías
    esenciales.
    Esto permite impugnar la reforma tanto en tribunales nacionales como internacionales.
  3. Dimensión internacional : derechos humanos y T-MEC
     Tratados internacionales: La Convención Americana, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y
    Políticos y otros exigen recursos judiciales efectivos. Un amparo debilitado puede ser considerado
    una regresión prohibida.
     Impacto en el T-MEC: La neutralización del amparo, sobre todo en temas ambientales y laborales,
    puede ser vista como incumplimiento de cláusulas jurídicas del tratado. Esto expone a México a
    controversias y sanciones comerciales por falta de garantías efectivas.
     La presión internacional podría convertirse en un contrapeso frente al retroceso interno.
    3.
  4. Conclusiones y llamado ciudadano
    El ensayo concluye que la Reforma Judicial 2024 no elimina formalmente el amparo, pero lo desactiva en
    lo esencial, debilitando la defensa de los derechos y dejando a los ciudadanos más vulnerables frente al
    poder. El autor hace un llamado ético y democrático:
  • A la ciudadanía, para no aceptar pasivamente la erosión de derechos.
  • A jueces, abogados, académicos y estudiantes, para defender la Constitución desde el conocimiento
    técnico y la práctica.
    La advertencia central es clara: la Constitución no se protege sola; necesita de quienes la ejercen y la
    sostienen frente a intentos autoritarios.
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