septiembre 7, 2026

El Fondo de Pensiones: un enfoque de justicia: Cesar Arenas

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El Fondo de Pensiones para el Bienestar comenzó a operar el 1º de julio de 2024 con un propósito central: entregar una pensión complementaria a los trabajadores que alcancen 65 años de edad, hasta el límite que resulte de un monto equivalente al salario mensual promedio registrado en el IMSS, mismo que se actualiza periódicamente.

De acuerdo con el segundo informe de labores del gobierno federal, entre julio de 2024 y julio de 2026, el Fondo de Pensiones para el Bienestar distribuyó 561 millones de pesos en beneficio de 8,212 personas. Esto permitió elevar la pensión promedio de $6,256 a $11,847 pesos. Del total de los beneficiarios, el 93% proviene del sector privado asegurados por el IMSS, mientras que el 7% restante corresponde al sector público proveniente del ISSSTE (Presidencia, 2026).

Desde la economía política, el Fondo de Pensiones opera como un instrumento de intervención del Estado. Esto ocurre al reconocer que el mercado produce desigualdades y límites en el ejercicio de derechos, por lo que busca resolver una parte de los efectos generados por la heterogeneidad estructural de la economía.

Dicha heterogeneidad surge debido a los distintos ritmos de acumulación del capital, los cuales generan procesos diferenciados en el incremento de la productividad, lo quecaracteriza distintos niveles de producción, variaciones en la jornada de trabajo y el salario mínimo en una sociedad. Su identificación es relevante, ya que constituye el origen y la reproducción de las desigualdades. Por ello, algunos autores como Poy (2020) señalan que alcanzar la igualdad económica únicamente a partir del progreso es imposible sin la intervención del Estado.

Al analizar las cifras oficiales surgen tres elementos relevantes: (i) el predominio del sector privado: 93% de las personas pensionadas provienen del IMSS; (ii) el impacto en el ingreso: la pensión garantizada incrementó 90% el monto promedio base; y (iii) la brecha respecto al techo legal: si bien el gobierno destacó el incremento del monto promedio de la pensión, este valor todavía dista en 66% del límite legal máximo ($17,885 pesos).

En conjunto, estos datos confirman la precariedad del mercado laboral y los problemas para generar ahorros suficientes para el retiro, lo que justifica la intervención del Estado; de lo contrario, la transición al retiro habría significado una severa restricción para las personas en el ejercicio del derecho humano a una seguridad social digna.

La idea de que el Estado intervenga para mejorar el bienestar social ha sido un tema central de la justicia distributiva. Desde el campo de la filosofía económica ha sido ampliamente discutido por Rawls, Dworkin, Walzer y Sen, entre otros. En particular, Rawls(1971), planteaba que las instituciones deberían garantizar un mínimo social en favor delas personas más desfavorecidas, al considerar que los mecanismos del mercado son incapaces de responder a la demanda de necesidades humanas fundamentales.

Desde este enfoque, el Fondo de Pensiones no debe entenderse únicamente como una transferencia monetaria complementaria: es un instrumento de justicia distributiva que prioriza la dignidad por encima de los criterios del mercado.

Sin embargo, todo diseño normativo enfrenta riesgos al momento de su implementación. Este mecanismo puede desnaturalizarse si la instrumentalización desincentiva el esfuerzo de ahorro acumulado por los propios trabajadores a lo largo de su vida contributiva, si el sistema no corrije las causas estructurales que reproducen la precarización del trabajo, si la fuente de los recursos carece de criterios de sostenibilidad fiscal o, peor aún, si el acceso a la pensión garantizada se politiza y condiciona, convirtiendo un derecho exigible en una concesión política.

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